Macri
facilitó la venta de tierras nacionales a extranjeros
El Gobierno modificó ayer por
decreto la Ley de Tierras Rurales y ya no habrá las restricciones que había
puesto el kirchnerismo en diciembre de 2011.
01 DE JULIO
2016
Por un cambio del Gobierno en la Ley de Tierras
Rurales ahora se facilitó la venta de tierras y campos a extranjeros. Lo hizo el Presidente por decreto y retrocedió así a la medida que impuso el
kirchnerismo en diciembre de 2011.
"Este decreto busca destrabar las inversiones
de afuera, hasta que tratemos de fondo un nuevo proyecto", contó un
funcionario macrista a el diario El Cronista. La ley
que impulsó Cristina Kirchner fijaba el 15% como límite de toda
titularidad de dominio o posesión de tierras rurales en el territorio nacional,
provincial, y municipal por parte de extranjeros.
Ahora, el macrismo impulsa un nuevo
proyecto de ley. Pero por el momento, publicó
ayer el decreto 820/2016 que introduce varios cambios y lleva las firmas de
Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, el ministro de Justicia,
Germán Garavano, y el ministro del Interior, Rogelio Frigerio.
En el decreto se considera titular extranjero a
quien sea titular de "más del 51% del capital social de una
persona jurídica". En la iniciativa del kirchnerismo se definía como
extranjero a quien sea titular de "un porcentaje superior al veinticinco
por ciento (25%)".
Y pone trabas a un punto clave de la ley que
sancionó el anterior Gobierno donde se advertía que los titulares extranjeros
no pueden adquirir más de 1000 hectáreas cada uno, o su equivalente en la zona
núcleo, que es la más productiva, y está delimitada en el norte bonaerense, el
sudeste de Córdoba y el sur de Santa Fe.
Y por otra parte, las zonas industriales no tendrán
límite del 15% del territorio nacional, provincial o municipal; ni las 1000
hectáreas en zona núcleo. Y no se afectará por el artículo que sostiene que
"en ningún caso" personas físicas o jurídicas "de una misma
nacionalidad extranjera, podrán superar el treinta por ciento (30%) del
porcentual asignado en el artículo precedente a la titularidad o posesión
extranjera sobre tierras rurales".
Fuente Eldestape
No hay comentarios:
Publicar un comentario